¿Puede en realidad alguien morirse de hambre?. ¡Hombre, lo que se dice de hambre, hambre, no! Entonces, ¿miente José Carlos García Fajardo, perteneciente al Centro de Colaboraciones Solidarias de la Casa de América, cuando dice que en el mundo se muere cada 5 minutos un niño de hambre? Una cifra tétrica que se traduce en 5 millones de pequeños cadáveres cada año. Terrible. Lo cierto es que uno se muere por las complicaciones que acarrea el ayuno estricto y prolongado. Insiste mi impaciente amigo, ¿cómo se muere verdaderamente de hambre un ser humano?
Una dieta radical sostenida, ya sea voluntaria (el que ocurre en situaciones patológicas como la anorexia nerviosa o en una huelga de hambre) o involuntaria (cuando una persona está desnutrida, por que por ejemplo se encuentra en coma, padece una enfermedad terminal o sencillamente vive en la indigencia), comporta una amplia serie de alteraciones orgánicas: la perdida de la grasa corporal, el deterioro de las proteínas estructurales de células y tejidos (especialmente los del sistema nervioso, al que también afecta el déficit vitamínico del grupo B), el daño hepático por desnutrición, al igual que ocurre en el estómago y los intestinos, la afectación cardiaca por el enlentecimiento de su ritmo (bradicardia) y por la caída de la tensión arterial (hipotensión), los riñones entran en insuficiencia, los huesos se descalcifican, la sangre se espesa y pierde gran parte de sus elementos (pancitopenia), con la aparición de anemia, inmunosupresión (por la disminución de las defensas que comporta un mayor riesgo de padecer infecciones) y alteraciones en la coagulación, junto a otras múltiples y perniciosas complicaciones metabólicas y hormonales. Al final, el fallecimiento puede producirse por un fallo renal, por una insuficiencia hepática o por una parada cardiaca.
El Dr. Sánchez Martos, catedrático de Educación para la Salud de la Complutense madrileña, sostiene que nadie puede sobrevivir más allá de los 3 meses manteniendo una huelga de hambre estricta (es decir, sin ingerir ningún alimento). Solamente mencionar aquí la muerte de Bobby Sands y otros miembros del IRA, que sobrevivieron poco más de 60 días, o los casos de los miembros del GRAPO, como José Manuel Sevillano y Juan José Crespo, que fallecieron respectivamente tras 177 y 96 días de ayuno voluntario. Por supuesto, la alimentación forzosa resulta determinante para garantizar una mayor supervivencia de los huelguistas.
Dejando a un lado la pertinencia de atenuar o no el régimen penitenciario del sanguinario etarra De Juana Chaos, cuestión que incide plenamente en el debate político nacional, la alimentación forzosa dictada por la administración de Justicia en este caso o en otros semejantes (incluyendo aquí también a las pacientes con anorexia nerviosa) destapa un nuevo y controvertido debate. Vaya por delante la clara defensa que hago del personal sanitario encargado de cuidar al huelguista (¡vaya marrón!). Un recuerdo muy especial para el Dr. Muñoz Fernández pues llegó a pagar con su vida por alimentar a los terroristas del GRAPO contra su voluntad (cumpliendo así el mandato de los jueces). Otro compañero, el Dr. Pablo Simón Lorda, experto en Bioética, entiende que las leyes defienden el derecho del paciente para rechazar el tratamiento médico (incluso la alimentación), tal y como queda reflejado en muchos testamentos vitales que dejan bien claro cómo el enfermo desea ser tratado en sus últimos días. Por ello, en su opinión, a De Juana no debió proporcionársele nutrición forzosa contra su voluntad.
Los legisladores y los jueces tendrán que ponerse de acuerdo, de una vez por todas, sobre cuál es el derecho que prevalece ante tan espinosas cuestiones, el de preservar la vida humana o el de respetar el deseo de alguien que quiere morirse voluntariamente, sin recibir tratamiento (ni soporte nutricional) alguno. Entre tanto, los médicos siguen quedando en el medio, como las redes de los campos de tenis.
Una dieta radical sostenida, ya sea voluntaria (el que ocurre en situaciones patológicas como la anorexia nerviosa o en una huelga de hambre) o involuntaria (cuando una persona está desnutrida, por que por ejemplo se encuentra en coma, padece una enfermedad terminal o sencillamente vive en la indigencia), comporta una amplia serie de alteraciones orgánicas: la perdida de la grasa corporal, el deterioro de las proteínas estructurales de células y tejidos (especialmente los del sistema nervioso, al que también afecta el déficit vitamínico del grupo B), el daño hepático por desnutrición, al igual que ocurre en el estómago y los intestinos, la afectación cardiaca por el enlentecimiento de su ritmo (bradicardia) y por la caída de la tensión arterial (hipotensión), los riñones entran en insuficiencia, los huesos se descalcifican, la sangre se espesa y pierde gran parte de sus elementos (pancitopenia), con la aparición de anemia, inmunosupresión (por la disminución de las defensas que comporta un mayor riesgo de padecer infecciones) y alteraciones en la coagulación, junto a otras múltiples y perniciosas complicaciones metabólicas y hormonales. Al final, el fallecimiento puede producirse por un fallo renal, por una insuficiencia hepática o por una parada cardiaca.
El Dr. Sánchez Martos, catedrático de Educación para la Salud de la Complutense madrileña, sostiene que nadie puede sobrevivir más allá de los 3 meses manteniendo una huelga de hambre estricta (es decir, sin ingerir ningún alimento). Solamente mencionar aquí la muerte de Bobby Sands y otros miembros del IRA, que sobrevivieron poco más de 60 días, o los casos de los miembros del GRAPO, como José Manuel Sevillano y Juan José Crespo, que fallecieron respectivamente tras 177 y 96 días de ayuno voluntario. Por supuesto, la alimentación forzosa resulta determinante para garantizar una mayor supervivencia de los huelguistas.
Dejando a un lado la pertinencia de atenuar o no el régimen penitenciario del sanguinario etarra De Juana Chaos, cuestión que incide plenamente en el debate político nacional, la alimentación forzosa dictada por la administración de Justicia en este caso o en otros semejantes (incluyendo aquí también a las pacientes con anorexia nerviosa) destapa un nuevo y controvertido debate. Vaya por delante la clara defensa que hago del personal sanitario encargado de cuidar al huelguista (¡vaya marrón!). Un recuerdo muy especial para el Dr. Muñoz Fernández pues llegó a pagar con su vida por alimentar a los terroristas del GRAPO contra su voluntad (cumpliendo así el mandato de los jueces). Otro compañero, el Dr. Pablo Simón Lorda, experto en Bioética, entiende que las leyes defienden el derecho del paciente para rechazar el tratamiento médico (incluso la alimentación), tal y como queda reflejado en muchos testamentos vitales que dejan bien claro cómo el enfermo desea ser tratado en sus últimos días. Por ello, en su opinión, a De Juana no debió proporcionársele nutrición forzosa contra su voluntad.
Los legisladores y los jueces tendrán que ponerse de acuerdo, de una vez por todas, sobre cuál es el derecho que prevalece ante tan espinosas cuestiones, el de preservar la vida humana o el de respetar el deseo de alguien que quiere morirse voluntariamente, sin recibir tratamiento (ni soporte nutricional) alguno. Entre tanto, los médicos siguen quedando en el medio, como las redes de los campos de tenis.
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